Prescripción Adquisitiva

Prescripción Adquisitiva en Panamá en Panamá

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El artículo 1686 del Código Civil dice que contra un “título inscrito en el Registro Público, no tendría lugar la prescripción ordinaria del dominio o derechos reales, en perjuicio de tercero, sino en virtud de otro título igualmente inscrito, debiendo empezar a correr el tiempo desde la inscripción del segundo”. Se entiende que, una vez inscrito el título han de pasar diez años mínimos para que nazca el derecho a la prescripción.

El artículo 1694 del Código Civil expresa que el “dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles se prescriben por la posesión de diez años entre presentes y 20 entre ausentes con buena fe y justo título”. Y, en relación a ello, lo que establece el Código de Ética de la Corte Suprema de Justicia que reza así: ‘Artículo 4.- El juez independiente es aquel que determina desde el Derecho vigente la decisión justa, sin dejarse influir real o aparentemente por factores ajenos al Derecho mismo’.

7 thoughts on “Prescripción Adquisitiva”

  1. Debería haber campaña para denunciar los abusos de la prescripción adquisitiva; utilizada por muchos para despojar el bien de sus verdaderos dueños.

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    • Yo ocupo un bien hace 30años y es de propiedad del estado caja seguro social …como puedo hacer para presentar prescripcion adquisitiba

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  2. Ante los ojos y oídos de todos, en medio de la ciudad capital, un ciudadano logra titular una hectárea de terreno en el área más cara de la metrópolis, mediante el uso del ‘título posesorio’ por prescripción adquisitiva, al haber supuestamente mantenido el mismo por mas de seis años bajo su cuidado. No importó que se trataba de fondo marino, inadjudicable, según la Constitución, no importó que se trataba de un relleno ilegal, sin permisos, efectuado por constructoras a través de los años. No importó que hubiese sido destinado para parque por dos administraciones atrás. Para los funcionarios que tuvieron que ver con esto evidentemente su irrespeto a las leyes y a la inteligencia popular fue norma, y eso es lo preocupante.

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  3. Hola,
    Mi tio ya fallecido, me habia regalado la mitad de un terreno, que estaba titulado a su nombre y nunca cambio de nombre el titulo del terreno, cuanto tiempo tengo que esperar para aplicar la prescripcion adquisitiva de dominio?
    Saludos

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    • Que tal Roy. hay que ver cuanto tiempo tienes viviendo en la mitad del terreno que te regalo tu tio, eso es lo mas importante. pero tienes que tener cuidado por que si algun familiar inicia un proceso de sucesion y se le adjudica el terreno se te podrian complicar las cosas.

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    • Hola
      debes vivir en en ese lugar, dar uso y disfrute por 15 anos ininterrumpidos, luego de ese tiempo puedes presentar el recurso con la ayuda de un abogado, porque son varios procesos administrativos que debes cumplir.
      saludos,
      Johana

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  4. buena tarde, por favor me puedes indicar si después de haber presentado una demanda de prescripción adquisitiva y perder el juicio, de puede volver a presentar sobre el mismo globo de terreno, y las mismas partes.

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