Cancelación

Cancelación en Panamá en Panamá

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Cancelación en el Derecho Registral

Acto a través del cual se anula y se deja sin efectos parcialmente o totalmente una anotación o una inscripción, por haberse transmitido o extinguido un derecho en todo o en parte únicamente.

Recursos

Otras entradas sobre Derecho Registral en las Enciclopedias Jurídicas

Véase también

Concepto de Cancelación

Definición de Cancelación aplicable a Panamá y, en general, de uso amplio en el derecho latinoamericano: Acción y efecto de cancelar. Asiento en los libros del registro de la propiedad que hace nulos total o parcialmente los efectos de una inscripción o de una anotación preventiva. Asiento que sirve para hacer constar en el Registro Público de Propiedad. Es el acto a través del cual se anula y se deja sin efectos parcial a totalmente una anotación o una inscripción, por haberse transmitido o extinguido un derecho en todo o en parte.

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