Embargo en Panamá en Panamá
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Concepto de Embargo
Definición de Embargo aplicable a Panamá y, en general, de uso amplio en el derecho latinoamericano: Traba, retención o secuestro de bienes por mandamiento de juez o autoridad competente. Medio de ejecución forzada por el cual un acreedor hace poner en manos de la justicia los bienes de su deudor, a fin de que se los haga vender en pública subasta y le paguen con lo que se obtenga.
Mejor concepto:
El embargo es una medida judicial que se toma para sacar los bienes del deudor del comercio en la medida que limita el dominio del propietario de los bienes embargados.
https://www.gerencie.com/en-que-consisten-las-medidas-cautelares-de-embargo-y-secuestro.html#Concepto_de_embargo_y_secuestro