Financiamiento Electoral

Financiamiento Electoral en Panamá en Panamá

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Financiamiento de los partidos

Los partidos políticos son parte esencial de la democracia y a través de ellos se ejercitan los derechos políticos, la participación ciudadana y se logra la expresión del pluralismo que exige toda sociedad moderna. Este principio requiere de amplios recursos humanos, institucionales y financieros. Un debate que es necesario desarrollar en nuestro país, tiene que ver con el financiamiento de los partidos políticos.

Para ejercitar sus funciones, los partidos políticos modernos requieren de recursos económicos que les permitan organizarse, educarse, transmitir sus proyectos y sus programas, así como participar en las contiendas electorales en donde se define el poder político. El financiamiento de los partidos con recursos privados ha traído una serie de distorsiones en la vida política de todas las democracias.

Desde la segunda guerra mundial, la mayoría de las democracias occidentales han introducido una normativa diseñada para controlar los abusos relacionados con el financiamiento de la política. Los gobiernos han intentado regular y subsidiar el financiamiento en una variedad de formas. Los límites de gastos, por ejemplo, el tope permitido de gastos para cada candidato al parlamento o para cada una de las organizaciones partidarias han sido objeto de muchas legislaciones en todo el mundo.

En materia de financiamiento existen muchas modalidades, pero se está desarrollando últimamente una tendencia hacia el financiamiento de la política por parte del Estado. Este hecho se da por el avance que el crimen organizado tiene a lo largo y ancho del mundo. La mayoría de los países ha establecido límites a las contribuciones y a los montos que se le permiten a un individuo donar. Además, se han diseñado regulaciones y declaraciones obligatorias de los nombres de los contribuyentes de las campañas y partidos, así como la revelación de las cantidades con que cada uno contribuyó.

El financiamiento de los partidos políticos debe sujetarse a determinados principios, en los que destaca la publicación de la contabilidad y en el origen de los fondos, austeridad, legalidad, igualdad de oportunidades entre los participantes, el respeto de los derechos de los partidos para conocer el monto y la fuente de financiamiento y la garantía de libertad e igualdad entre los distintos grupos políticos.

En nuestro país es importante que las próximas reformas electorales indiquen con claridad que el Estado jugará un papel importante en el financiamiento de los partidos políticos y en las campañas electorales. Una participación del Estado en esta importante área de la democracia, garantiza que los dirigentes políticos no caigan en la tentación de buscar dinero en fuentes de dudosa procedencia.

El financiamiento de los partidos y las campañas por parte del Estado, debe ir acompañado de la publicación de todos los gastos y el uso que se le ha dado a los mismos. La claridad y la transparencia del uso de esos fondos deben garantizarse en la nueva legislación. Por ello, se requiere que las reformas tengan normas claras y precisas que le posibiliten a la sociedad conocer el uso que se le da a los fondos del Estado por parte de los partidos políticos. Si las nuevas reformas incluyen también el uso de fondos privados, se debe establecer con claridad la obligación de los partidos y candidatos a revelar el origen de sus fondos, igualmente se debe regular la cantidad de dinero que una sola persona puede aportar y el monto permitido para la campaña.

Un criterio básico que deben tener los dirigentes de los partidos políticos, es la austeridad en los gastos, con campañas racionales de plazos cortos y con igualdad de oportunidades entre los contendientes, lo que constituye en un importante principio que debe respetarse para que el proceso electoral no se convierta en un derroche irresponsable de dinero, con gastos exagerados e innecesarios.

La actual legislación panameña establece una serie de controles bastante eficientes para el uso de los fondos del Estado en el financiamiento de los partidos políticos y de las campañas electorales. En donde la legislación no es eficiente, es en el uso de los fondos privados, porque la legislación es muy vaga y no establece con claridad la necesidad de reportar el origen y el monto de los fondos.

El pueblo panameño tiene el derecho de conocer cuál es la utilización y el destino que se le da a los fondos que el Estado aporta para el desarrollo de los partidos políticos. El financiamiento por parte del Estado, de los partidos políticos y de las campañas electorales, así como el establecimiento de un tope para el gasto, son piezas claves para evitar la penetración del dinero sucio en la política panameña.

Propuestas

Se ha instituido como una práctica que luego de cada proceso electoral se inicia una revisión del Código Electoral, cuyos objetivos y resultados, suele plantearse, pretenden determinar y corregir las fallas del sistema que se identifican en las elecciones, las que se plasman a través de una ley que reforma el Código Electoral.

El Frente Amplio por la Democracia (FAD), planteó en el 2012 que ‘Esta práctica ha traído como consecuencia que la mayoría de las modificaciones que se han implementado beneficie a los partidos tradicionales, los que se convierten en juez y parte y, utilizando su poder en el seno de la Comisión de Reformas, las presentan en la Asamblea para su aprobación, culminando el proceso de reformas con un resultado que excluye cualquier intento por lograr la apertura o democratización del sistema electoral panameño. De esta manera, se ha mantenido como base esencial de la participación política, el principio de la PARTIDOCRACIA; es decir, un sistema en el que imperan los intereses de grupos reducidos de personas que deciden las reglas del juego a favor de los propios partidos tradicionales ‘. Hoy, que nuevamente están en la palestra las reformas electorales, la situación no ha cambiado.

Después de varios meses de suspensión del proyecto de reformas electorales, dadas las prioridades de la partidocracia y la falta de consenso y voluntad entre ellos para llevarlas adelante, se anuncia, nuevamente, el primer debate en la Asamblea Nacional del paquete de reformas electorales propuesto por la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE).

Ante la responsabilidad que cabe, el FAD hizo pública una serie de consideraciones en torno a las reformas electorales. Sobre el tema del financiamiento público y privado, expresó los siguientes puntos de vista: En lo concerniente al tema del propósito de establecer topes al financiamiento privado, se señala con firmeza que ‘… en un ambiente reconocido por el propio Ejecutivo de que dinero del narcotráfico ha contribuido a financiar a partidos y políticos tradicionales, ha quedado en entredicho por sus ambigüedades y contradicciones. Se establecen topes al financiamiento privado en la campaña electoral, pero el financiamiento privado postelectoral en su regulación de recaude total por partido, es una puerta abierta a intereses económicos, como del narcotráfico y continuar el mal endémico del clientelismo en todas sus antidemocráticas formas ‘.

En cuanto al financiamiento público, las reformas lo ‘elevan a la cifra de 100 millones de dólares y hay propuestas de aumentarlo a 200 millones, y su repartición no sería equitativa, pues entrega a los partidos tradicionales astronómicas sumas basadas en los resultados de las elecciones de 2014, reconocidas como una de las más fraudulentas y clientelistas de los últimos tiempos. Por tanto, basar esta repartición en función de esos resultados de 2014 sería premiar la corruptela y el clientelismo. La fórmula que se plantea permitiría a alianzas, como el Pacto de Gobernabilidad que controla la Asamblea, quedarse con casi 2/3 del financiamiento público. Y si, además, logra el control del otro partido de ‘oposición’, sería casi el 100 % del financiamiento público ‘.

Además, los diputados no pueden ser juez y parte, y menos cuando hablamos de individuos que, como órgano del Estado, se han repartido casi mil millones en los últimos 40 años para hacer clientelismo político (solo del PAN, 420 millones en la administración pasada).

Por esa razón, una decisión de tal naturaleza solo puede corresponder al pueblo mediante una consulta popular, es decir, un referéndum.

Somos del criterio que la campaña electoral (incluida la publicidad) debe ser financiada exclusivamente con fondos públicos, cuyos montos no deben ser onerosos para el pueblo y distribuidos de manera igualitaria. Lo que proponemos es que las elecciones dejen de ser el gran negociado de publicitarias y medios de comunicación.

El FAD expresa que ‘Aún cuando consideramos loable y sincera la actuación de algunos miembros de CNRE en su intención de lograr un proceso electoral más democrático y participativo, este esfuerzo quedó desvirtuado por la presión ejercida por la partidocracia para imponer sus intereses’.

Campañas electorales: topes del financiamiento privado

Escribe Ernesto Cedeño Alvarado:

“Los costos electorales altos, en mi concepto, para nada benefician la democracia y hacen gravitar entonces, varias preguntas:

Un tope en los gastos de campaña pudiera garantizar que en los espacios políticos exista una verdadera y efectiva contienda electoral, permitiendo que candidatos de distintas organizaciones políticas e independientes accedieran a los cargos públicos de elección popular en condiciones de equidad.

Con el tope en los gastos de campaña se impide que los partidos que cuentan con fondos económicos, restrinjan las posibilidades de acceso al poder de los partidos pequeños o de las nuevas fuerzas políticas, y evitaría que los candidatos tuviesen que salir en búsqueda de excesivas sumas de dinero, convirtiéndose en blancos fáciles de los dineros ilícitos y de la corrupción.

En Colombia, el incumplimiento de los topes máximos de gastos de campañas es sancionado con pérdida de la investidura o el cargo, exclusión del financiamiento por vía de reposición de votos y multas. La Ley 130 de 1994, dispone que ‘… ningún candidato a cargo de elección popular podrá invertir en la respectiva campaña suma que sobrepase la que fije el Consejo Nacional Electoral, bien sea de su propio peculio, del de su familia o de contribuciones de particulares’.

En Argentina, con la Ley 26 215 de 2007, los partidos políticos o alianzas con motivo de la campaña electoral, no podrán recibir un total de recursos privados que supere el monto equivalente a la diferencia entre el tope máximo de gastos de campaña fijado por la ley y el monto del aporte extraordinario para campaña electoral correspondiente al partido o alianza. El presidente y tesorero del partido y los responsables políticos y económico financiero de campaña serán pasibles de inhabilitación de seis (6) meses a diez (10) años, para el ejercicio de sus derechos de elegir y ser elegido en las elecciones a cargos públicos nacionales, y en las elecciones de autoridades de los partidos políticos y para el ejercicio de cargos públicos y partidarios, cuando: a) autoricen o consientan la utilización de cuentas distintas de las establecidas en esta ley para el financiamiento de la actividad del partido político o de la campaña electoral. b) no puedan acreditar debidamente el origen y/o destino de los fondos recibidos.

En Panamá no existe el tope para el financiamiento privado, debiera incluirse en una reforma electoral.”

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